Declaración universal de los derechos humanos
Declaración universal de los derechos humanos Articulo:8 Toda persona tiene derecho a un recurso efectivo, ante los tribunales nacionales competentes, que la ampare contra actos que violen sus derechos fundamentales reconocidos por la constitución o por la ley. caso: 1. El 22 de octubre de 2002 la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (en adelante “la Comisión” o la “CIDH”) recibió una petición presentada por la Corporación Colectivo de Abogados “José Alvear Restrepo” (en adelante “los peticionarios”), en la cual se alega la responsabilidad de la República de Colombia (en adelante “el Estado”, “el Estado colombiano” o “Colombia”) por la privación del acceso a un recurso judicial efectivo para la determinación de los derechos de Sergio Emilio Cadena Antolinez por causa del desacato de la sentencia Nº SU-1185/2001 de la Corte Constitucional, dictada el 13 de noviembre de 2001 por parte de la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de ...

NOTA: 80
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